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LIBRO DE NOVEDADES
Comentarios desactivados. En cada edificio debería existir un Libro de Novedades, debidamente foliado, en el cual se deberían registrar en forma diaria y cronológica, todas las novedades que se produzcan en cada uno de los turnos.
. El responsable de llenar el Libro de Novedades, es el mayordomo o portero que se encuentra a cargo de cada turno y en él se anotará cada día: la fecha y hora de inicio del respectivo turno y el nombre de quien se hace cargo de este turno, las horas y lugar en que se hayan producido novedades y su descripción, la hora del término del respectivo turno y el nombre y la firma de quien estuvo a cargo de este turno.
. En el caso de que no se hayan producido novedades durante un turno, el responsable de llenar el libro anotará: “Sin novedad”.
Constituyen novedades los siguientes hechos o acontecimientos:
-La inasistencia o atrasos del personal de servicio (independientemente de lo anotado en el Libro de Asistencia) y los permisos para ausentarse del turno, que otorgue el Administrador o Mayordomo.- Las fallas en el cumplimiento de los aseos en las áreas de uso común.
-Las fallas en los equipos, instalaciones o sistemas de uso común (ascensores, bombas de agua, iluminación, gas, agua etc.) y la solución que dicha falla tuvo
- La reposición de ampolletas, tubos fluorescentes o fusibles.
-Los daños que sufran los equipos, instalaciones y áreas comunes, por acciones del personal de servicio o de los habitantes del edificio (Quiebre de vidrios, roturas de muebles o cortinajes, daño en los jardines o piscina etc.)
-Los reclamos efectuados por los copropietarios o arrendatarios, en contra del personal de servicio o de otro copropietario o arrendatario.
-Las transgresiones graves al Reglamento de Copropiedad del edificio, por parte de los copropietarios, arrendatarios, sus familiares, amigos, personal dependiente o visitas, como por ejemplo: a)Almacenar combustibles en sus bodegas o estacionamientos b)Sobrecargar o dañar los ascensores
Bloquear con objetos pesados los muebles o ascensores
Arrojar basura, colillas o desperdicios desde los balcones o terrazas, etc.
-Todo otro hecho o acontecimiento, que por su importancia requiera que se deje una constancia escrita.
En el Libro de Novedades, también podrán efectuar anotaciones el Administrador del edificio o algún miembro del Comité de Administración, para dejar constancia de algún hecho, o para dejar alguna orden o comunicación por escrito, para conocimiento de todo el personal.
Published on enero 22, 2010 · Filed under: CONSERJERIA MADRID, MANUAL DEL CONSERJE;






